LA
AUTORIZACION PARA SALIR DEL PAIS DEL MENOR
Para
que un menor pueda salir del país requiere de la
autorización del otro padre que no tiene su tuición
o que ejerce su derecho de visitas, la cual se puede otorgar
por escritura pública.
En caso de negativa injustificada o de imposibilidad de
ubicar al otro padre, el juzgado de familia del domicilio
del menor, podrá dar la respectiva autorización.
Para
determinar a quien se solicita la autorización
hay que distinguir:
• Si no existe tuición conferida por un tribunal
a algunos de los padres o a un tercero, se requiere la
autorización del padre y la madre.
• Si existe tuición otorgada por el juez,
la autorización se requiere a la persona que tiene
la tuición.
• Si se otorgo la tuición, pero también
está regulado el derecho de visitas o comunicación,
se requiere la autorización del padre a quien se
otorgo el derecho de visitas.
La
autorización debe señalar:
• Cuales son los beneficios que le reportará
al menor la salida del país.
• La época (fecha) en que se concretará
la salida del país.
• El tiempo que durará.
Si el menor, sin causa justificada, no vuelve al país
en la fecha indicada, contáctenos para regularizar
esta situación y solicitar la suspensión
del pago de pensiones alimenticias decretadas.